Gobierno se somete a generadores privados de electricidad

“Para que nuestros ríos lleguen sanos al mar”

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Reinicio del negocio privado de la electricidad

En términos generales podemos decir que en Costa Rica hubo supremacía pública y ausencia sustantiva de participación privada en el servicio eléctrico entre el 8 de abril de 1949, cuando se creó al ICE con el Decreto Ley No. 449, y el 18 de octubre de 1990, cuando se publicó la Ley 7.200 para la generación privada.

A modo de resumen varias fechas son indispensables: el 18 de octubre de 1990, durante la administración Calderón Fournier, entró en vigencia la “Ley n° 7200 Ley que autoriza la generación eléctrica autónoma o paralela”.  Esta ley fue modificada durante el gobierno de Figueres Ólsen.  El cambio del capítulo II de la Ley 7.200 se conoce como Ley. No.7.508 y rige desde el 9 de mayo de 1995.  En 2011 el gobierno de Laura Chinchilla Miranda le dio el mandato al ICE de “llenar el porcentaje de generación privada de la Ley 7200”.  Esta directriz ya no está vigente, pero sí las leyes indicadas.   De acuerdo con el capítulo I de la Ley 7.200, los privados pueden operar y venderle al ICE electricidad proveniente de proyectos de no más de 20.000 kW (20 MW).  Otros contratos pueden ser de hasta 50.000 kW (50 MW) gracias a la Ley 7.508 (capítulo II de la 7.200), y entre ambas modalidades, la generación privada no puede ser superior al 30% de la capacidad de generación de todo el Sistema Eléctrico Nacional (15% cada tipo de contratos).

La diferencia entre ambos contratos es que los proyectos de hasta 50 MW, denominados “Build, Operate and Transfer” o B.O.T, siglas en inglés para Construcción, Operación y Transferencia, deben pasar a propiedad del ICE luego de los veinte años de su duración.  Los contratos, el precio de compra por parte del ICE, su renovación y las condiciones, que hemos tildado de extremadamente favorables para los privados en detrimento de la sociedad costarricense, los hemos revisado en otros textos como “Mentiras, estafas y el delirio de exportar electricidad privada”, en el que analizamos los supuestos bajo los cuales se justifica la generación privada de electricidad y su posible exportación.

Asociado directamente con esa pretensión de apertura para la exportación, fue presentado a la Asamblea Legislativa el Expediente n° 21.606, “Ley para una efectiva integración de Costa Rica al mercado eléctrico regional”.  El objetivo de esta propuesta es modificar el artículo 3 del Segundo Protocolo al Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central N° 9004, para permitirle a los generadores privados exportar electricidad, y ya no sólo a las empresas del grupo ICE, como es en la actualidad.  Ese proyecto busca que puedan exportar electricidad “todas las empresas costarricenses generadoras, distribuidoras y/o comercializadoras de electricidad, sean públicas, privadas o mixtas, así como los grandes consumidores”.  En el artículo “Gobierno blindaría la estafa privada  con exportación de electricidad”, explicamos cómo la falta de controles del ICE y “errores” de cálculo de tarifas por parte de ARESEP, favorecieron directamente a los generadores privados con cientos de miles de millones de colones.  A modo de ejemplo, según la Contraloría General de la República se trata de “sumas estimadas giradas de más por compra de energía a privados: a mayo 2019 por USD 5,3 millones, a diciembre 2018 por USD 6,0 millones y a diciembre 2017 por USD 12,5 millones”, sólo para algunos contratos.

Otros intentos de privatizar la electricidad

Durante la segunda Administración de Óscar Arias (2006-2010) fue relevante el proyecto “Ley general de electricidad” que tenía un clarísimo barniz privatizador. Hacia mediados de 2009 parecía inminente su presentación al Poder Legislativo pero fue postergada hasta el siguiente gobierno.  Fue presentado a  la Asamblea Legislativa como expediente N.° 17.812 en el gobierno Chinchilla Miranda.  Pretendía abrir el mercado a los generadores privados eliminando “trabas” de la legislación vigente.  Enfatizaba la meta de propiciar  condiciones para la exportación de electricidad al mercado regional centroamericano por parte de los generadores privados.   El artículo 3 de la propuesta “Acceso al Mercado Eléctrico Regional, MER”, señalaba que “Las empresas generadoras nacionales que utilicen energías renovables para producir electricidad podrán colocar sus excedentes de energía en el MER, una vez cumplidos sus compromisos de suministro nacional, bajo la reglamentación que promulgue la Aresep”.

Tras la no aprobación del Proyecto Ley general de electricidad, el ya expresidente Oscar Arias, en un artículo titulado “Cuestión de sentido común” (La Nación. 17/03/2013), dijo que ese proyecto hubiera acabado “con esas absurdas limitaciones a la generación eléctrica privada”, y se lamentó de que “…Costa Rica perdió la oportunidad de contar con una legislación que nos habría permitido aumentar significativamente la inversión en energías limpias y garantizarle al país el abastecimiento de electricidad por muchos años más…”.

Las presiones para que en Costa Rica opere un mercado eléctrico abierto y con cada vez mayor participación privada, no sólo han estado permanentemente en la agenda de los empresarios privados de la electricidad.  También han sido un anhelo antiguo de distintas administraciones.  Es decir, privados y gobiernos coincidían, y siguen coincidiendo, en debilitar al ICE y fortalecer la generación privada.  El 23 de setiembre de 2010, Teófilo de la Torre, titular del MINAE, expuso en el Foro Apertura y Desarrollo del Sector Electricidad. Reforma del Subsector Electricidad, un “modelo de mercado”  en el que el ICE, “privados” y “alianzas”, serían competidores del mercado eléctrico en condiciones de plena igualdad, con una inversión (ideal) de 9.000 millones de dólares dividido en 3 partes iguales.

Otro intento privatizador fue un nuevo proyecto de “Ley de contingencia eléctrica”, Expediente N.° 18.093, que la Presidenta  Laura Chinchilla Miranda y su Ministro de ambiente, energía y telecomunicaciones, Teófilo De La Torre Argüello, presentaron a la Asamblea Legislativa el 11 de mayo de 2011.  Esa propuesta abogaba por “una participación más activa del sector privado en el desarrollo de proyectos” y “la participación de múltiples actores en la industria eléctrica e incentiva la inversión en este subsector”.  Una nueva variante de proyecto de ley para atender una supuesta “contingencia eléctrica” nacional, fue publicado en La Gaceta el 27 de enero de 2014 y presentado a la Asamblea Legislativa.  Ambas iniciativas fracasaron gracias a múltiples oposiciones, que en su momento discutimos.

De manera amenazante contra el servicio público de electricidad, las propuestas de ley de contingencia avanzaron notoriamente hacia la privatización, pues pretendían declarar “…de interés público y conveniencia nacional los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica que se encuentren en el Plan Nacional de Energía”.  Esta idea hubiera flexibilizado de manera letal las regulaciones y permisos para la generación de electricidad privada.  Hasta hoy la “idea” es que esa declaratoria sea el resultado de un exhaustivo análisis de variables que permitan decidir sobre la aprobación o rechazo de un proyecto.  Es una “idea” porque la historia reciente registra tanto usos nefastos como positivos de esta figura legal.  2 ejemplos son la declaratoria ilegal conveniencia nacional para el proyecto minero Crucitas, y otro fue el rechazo de la conveniencia nacional para el PH San Rafael, de la constructora HSolís, firmado por el otrora Ministro de ambiente Carlos Manuel Rodríguez, el lunes 15 de julio 2019, tras casi 7 años de disputas en las que organizaciones sociales y comunidades demostramos la absoluta inconveniencia de ese proyecto.  Ese negocio hidroeléctrico privado de 7,2 megavatios le hubiera costado a la sociedad costarricense 57 millones de dólares.

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Octubre, 2021

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